Tus derechos
laborales
Ayudas
mujer emprendedora
Es muy interesante informarse del abanico de ayudas
a las que podemos tener acceso en el mismo momento
en que se esté gestando el proyecto empresarial,
puesto que la consecución de las mismas puede
ofrecernos posibilidades comerciales o de inversión
no contempladas en un primer momento. Igualmente importante
es conocer con claridad los plazos de solicitud de
estas ayudas y los requisitos a cumplir para obtenerlas.
Como punto de inicio, recomendamos visitar las siguientes
webs: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (www.mtas.es),
Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya
(www.gencat.es/treball), y en especial la página
www.e-empresarias.net, premiada por la comisión
europea.
Embarazo
y puesto de trabajo
Existe por parte de nuestra legislación una
especial preocupación por la protección
de la mujer trabajadora embarazada. Tal es así
que si las condiciones del puesto de trabajo que desarrolla
o el tiempo en el que lo presta revelasen, tras una
correcta evaluación, riesgos para su salud
y seguridad o para la del feto, el empresario estará
obligado a adaptar sus condiciones laborales.
Permisos
para preparación del parto
Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a ausentarse
del trabajo, con derecho a remuneración para
la realización de exámenes prenatales
y técnicas de preparación del parto,
siempre, eso sí, que avisen previamente de
ello a la empresa y que justifiquen la necesidad de
su realización dentro de su jornada laboral.
Permisos
de maternidad
El permiso de maternidad supone la suspensión
del contrato laboral durante dieciséis semanas
con motivo del parto y la adopción o el acogimiento
de un menor de hasta 6 años o discapacitados.
El permiso se ampliará en caso de parto, adopción
o acogimiento múltiple en 2 semanas más
por cada hijo a partir del segundo.
El tiempo del permiso se disfrutará de manera
ininterrumpida y podrá ser distribuido para
su disfrute entre el padre y la madre, siempre teniendo
en cuenta que, para el caso de parto, las seis semanas
inmediatamente posteriores al momento del mismo se
atribuyen obligatoriamente para el descanso de la
madre.
Excedencia
La excedencia voluntaria le será reconocida
a aquel trabajador que la solicite y que cuente, en
la empresa, con una antigüedad de al menos 1
año. La excedencia que se pida en este caso
tendrá una duración mínima de
2 años y no superior a 5.
El trabajador excedente no tiene derecho a la reserva
de su puesto e trabajo, sino a reingresar de forma
preferente a la empresa a un puesto igual o similar
al suyo cuando exista una vacante en la empresa.
Un régimen especial tienen las excedencia voluntarias
por motivos familiares; así, tendrán
los trabajadores derecho a un período de excedencia
no superior a 3 años para el cuidado de hijos
menores de 3 años; y a un período de
excedencia de 1 año para el cuidado de familiares
que no puedan valerse por sí mismos.
En estos casos, el trabajador tendrá derecho
a la reserva de su puesto de trabajo durante el primer
año de excedencia; todo el período de
tiempo en que el trabajador se encuentre en esta situación
computará a efectos de su antigüedad en
la empresa; y tendrá derecho a asistir a cursos
de formación profesional, a cuya participación
deberá ser convocado por el empresario.
Acoso sexual
Según describe el código penal, estaremos
ante una situación de acoso sexual
cuando una persona solicite para sí o para
un tercero favores sexuales de otra en el ámbito
de una relación laboral, docente o de prestación
de servicios, con un comportamiento que provoque en
la víctima una situación objetiva y
grave de intimidación, hostilidad y humillación.
Nuestro ordenamiento jurídico califica de delito
este tipo de conductas, previendo para el condenado
penas de arresto de fin de semana o multa. 
Despido
improcedente
Nos encontraremos ante un despido
improcedente cuando una empresa decida extinguir de
forma unilateral un contrato de trabajo sin mediar
una causa legal que la ampare.
Un trabajador que haya sido despedido dispone de un
plazo de veinte días hábiles siguientes
a la efectividad de la medida extintiva para impugnar
la decisión empresarial. 
Mobbing
El acoso psicológico o mobbing
en el trabajo consiste en el ejercicio de una violencia
psicológica sobre un individuo, que se traduce
en maltratos de obra y de palabra, de forma sistemática
y continuada en el tiempo por superiores o por otros
compañeros, y que persigue el abatimiento psicológico
del trabajador y la degradación de su imagen
profesional.
Las prácticas en las que suele traducirse el
acoso psicológico en el trabajo consisten en
la asignación de tareas sin valor relevante
o que están muy por debajo de la capacidad
profesional del trabajador, la desvalorización
constante de su trabajo, las agresiones verbales o
la limitación de comunicación con los
demás dentro del trabajo.
Es habitual que estas prácticas tengan como
objetivo final la marcha voluntaria del trabajador
de la empresa. 
Reducción
de jornada
-Por lactancia de un hijo menor de 9 meses, por media
hora diaria;
-En los casos de nacimientos de hijos prematuros o
que, por cualquier circunstancia, deban permanecer
hospitalizados después del parto, y por un
máximo de 2 horas diarias;
-Por cuidado de un menor de 6 años, de un minusválido
físico, psíquico o
sensorial, o de un familiar hasta el 2º grado
de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse
por sí mismo, y que no desempeñen actividad
retribuida alguna, podrá solicitarse la reducción
de jornada por al menos un tercio y un máximo
de la mitad de aquella.
Permisos
por motivos personales
-Por matrimonio, durante 15 días naturales;
-El nacimiento de un hijo, por 2 días, ampliables
a 4 si el trabajador precisara desplazarse;
-El fallecimiento, accidente o enfermedad graves u
hospitalización de parientes hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad, por 2 días.
Por traslado del domicilio habitual, 1 día.
-Por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácer
público y personal, durante el tiempo que sea
preciso.
-Para realizar funciones sindicales o de representación
del personal;
-Para la realización de exámenes prenatales
y técnicas de preparación al parto que
deban realizarse dentro de la jornada de trabajo,
por el tiempo preciso.
Habrá que tener en cuenta al respecto que los
convenios colectivos aplicables a cada relación
laboral pueden ampliar la duración del permiso
en las situaciones contenidas en el estatuto de los
trabajadores y que aquí hemos expuesto así
como el número de supuestos en que podrán
concederse.